domingo, 27 de septiembre de 2009

COALICIONES Y FUSIONES DE LOS PARTIDOS POLITICOS

DAR LECTURA AL SIGUIENTE LINK, TRANSCRIBIR A LOS APUNTES Y ESTUDIARLO.
http://docs.google.com/View?id=dj9pc3r_546dst4whg

SOBRE EL PARTIDO POLÌTICO EN EL QUE HAYAS ELABORADO TU TAREA ANTERIOR, INVESTIGAR CUALES FUERON SUS PLATAFORMAS ELECTORALES EN ESTE AÑO.

PRÓXIMA CLASE LLEVAR CÓDIGO ELECTORAL

lunes, 21 de septiembre de 2009

TAREA TRES PARTIDOS POLITICOS

DAR LECTURA AL SIGUIENTE TEXTO Y ELABORA UN CUADRO RESUMEN
PARTIDOS POLÍTICOS
Los partidos políticos son entidades de interés público qué tienen como fin Promover la Participación de los Ciudadanos en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación nacional y como Organizaciones de Ciudadanos, hacer posible el acceso de Estos al ejercicio del poder público, de Acuerdo con los programas, Los Principios e ideas que postu y Mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.
Solo los Ciudadanos Podrán Formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente A por ellos, por tanto, quedan prohibidas la intervención de Organizaciones gremiales o con diferente Objeto social en la Creación de Partidos y Cualquier forma de afiliación corporativa. Los Partidos Políticos Nacionales tendran Derecho a participar en las elecciones Estatales, municipales y del Distrito Federal.
Los partidos políticos se regirán internamente por sus documentos básicos, tendran la libertad de organizarse y determinarse de Conformidad con las Normas establecidas en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y las que, conforme al mismo, establezcan sus estatutos.
Las Agrupaciones Políticas Nacionales (APN) son asociaciones ciudadanas que contribuyen al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, Así como a la Creación de una opinión pública mejor informada.
Algunas de las características relevantes de las hijo de APN:
N Pueden Utilizar la denominación de "partido" o "partido político".
Sólo Pueden participar en procesos electorales federales Mediante Acuerdos de participación con un Partido Político o Coalición.
Obtener Para el registro como APN, contar con Necesitan:
Mínimo 5,000 asociados en El País
Un órgano directivo de carácter nacional
Delegaciones en cuando menos 7 entidades federativas
Documentos básicos, Así como un nombre diferente una otras agrupaciones o partidos políticos.
El Consejo General expide certificados a las APN que cumplan con los Requisitos.
Deben Presentar un informe anual sobre el origen y destino de los recursos que recibieron.
Fundamento jurídico: Artículos 33, 34 y 35 del Coripe Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (vigente a partir del 15 de enero de 2008).

Derechos y Obligaciones de los Ciudadanos en las elecciones

1. Votar en las elecciones Constituye un derecho y una Obligación que se ejerce para Integrar
Órganos del Estado de elección popular. También es derecho de los Ciudadanos y los Obligación para
Partidos Políticos La Igualdad de Oportunidades y la Equidad entre Hombres y Mujeres para Tener Acceso a
cargos de elección popular.
2. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
3. Quedan prohibidos los actos que generen presión o Coacción A LOS Electores.


1. Es derecho de los Ciudadanos mexicanos constituir partidos políticos Nacionales y Afiliarse a Libremente y ellosindividual.
2. Ningún ciudadano podra estar Afiliado a más de un partido político.
3. Es Obligación de los Ciudadanos Mexicanos Integrar las mesas directivas de casilla en los términos de este Código.
4. Es derecho exclusivo de los Ciudadanos mexicanos participar como observadores de los actos de Preparación y Desarrollo del Proceso Electoral, Así como de los que se Lleven A Cabo el día de la jornada electoral, en la forma y términos en que determine el Consejo General del Instituto Para cada Proceso Electoral, de Acuerdo con las bases y siguientes:
a) Podrán participar Solo cuando hayan obtenido oportunamente su acreditación ante la autoridad electoral;
b) Los Ciudadanos que pretendan actuar como observadores DEBERÁN Señalar en el escrito de solicitud los datos de identificación personal anexando fotocopia de su credencial para votar con fotografía, yy la Manifestación Expresa De qué se conducirán Conforme a los Principios de Imparcialidad, objetividad, legalidad certeza y sin vínculos a partido u organización política alguna;
c) La Solicitud de registro para participar como observadores electorales, podra Presentarse en forma personal oa Través de la organización a la que pertenezcan, el presidente del Consejo Local o Distrital ante CORRESPONDIENTE A su domicilio, un partir del inicio del Proceso electoral y hasta el 31 de mayo del año de la elección. Los presidentes de los consejos locales y distritales, según el caso, daran cuenta de las Solicitudes A LOS propios consejos, para su aprobación, en la siguiente sesión que celebren. La Resolución que se emita Debera ser notificada A LOS solicitantes. El Consejo General garantizará este derecho y resolverá Cualquier Planteamiento que Pudiera Presentarse por parte de los Ciudadanos o las Organizaciones interesadas;
d) Sólo se otorgará la acreditación a quien Cumpla, además de los que señale la autoridad electoral,
Los Siguientes Requisitos:
I. Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
II. No ser, ni haber sido Miembro de dirigencias Nacionales, estatales o municipales de organización
o elección de partido político alguno en los últimos tres años anteriores a la;
III. No ser, ni haber sido Candidato a puesto de elección popular en los últimos tres años anteriores a
La elección, y
IV. Asistir A los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto Federal de
Electoral o Las Propias Organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las Autoridades competentes del Instituto, las que Podrán supervisar los dichos cursos. La falta de Supervisión no imputables a la organización respectiva No Sera causa para que se niegue la acreditación.
e) Los observadores se abstendrán de:
I. Sustituir e interferir u obstaculizar a las Autoridades Electorales en el ejercicio de sus funciones,
en el desarrollo de las MISMAS;
II. Hacer proselitismo de Cualquier tipo o manifestarse en favor de partido o candidato alguno;
III. Externar Cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las Instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o Candidatos; y
IV. Declarar el triunfo de partido político o candidato alguno.
f) La observación podra REALIZARSE En cualquier Ámbito territorial de la República Mexicana;

g) Los Ciudadanos acreditados como observadores electorales Podrán solicitar, ante la Junta de Corresponda que local, la información electoral que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades.
Dicha información proporcionada Será siempre que no sea reservada o confidencial en los términos fijados por la ley y que existan Las posibilidades materiales y técnicas para su entrega;
) En los contenidos de la capacitación que las Juntas Distritales ejecutivas impartan A LOS h Funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla, Debe perversa la explicación relativa a la presencia de los observadores electorales, Así como los derechos y obligaciones INHERENTES uno su actuación;
i) Los observadores electorales Podrán Presentarse el día de la jornada electoral con sus acreditaciones y gafetes en una o varias casillas, Así como en el local del Consejo Distrital CORRESPONDIENTE, pudiendo observar los actos y siguientes:
I. Instalación de la casilla;
II. Desarrollo de la Votación;
III. Escrutinio y Cómputo de la Votación en la casilla;
IV. Fijación de resultados de la Votación en el exterior de la casilla;
V. Clausura de la casilla;
VI. Lectura en Voz Alta de los resultados en el Consejo Distrital; y
VII. Recepción de escritos de incidencias y protesta.
j) Presentar Los observadores podrán, ante la autoridad electoral, informe de sus actividades en los términos y tiempos que para tal efecto determine el Consejo General. En ningun caso, los comentarios, juicios, opiniones o conclusiones de los observadores tendran Efectos jurídicos sobre el Proceso electoral y sus resultados.
5. Las Organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales, una más tardar treinta días Después de la jornada electoral, DEBERÁN declarar el origen, Monto y Aplicación del financiamiento que obtengan para el desarrollo de sus actividades relacionadas con la observación electoral DIRECTAMENTE
que realicen que que, mediante informe que presenten al Consejo General del Instituto.
1. Para el ejercicio del voto LOS CIUDADANOS DEBERÁN satisfacer, además de los que fija el artículo 34 de la Constitución, los siguientes requisitos:
a) Estar inscritos en el Registro Federal de Electores en los términos Dispuestos por este Código; y
b) Contar con la credencial para votar CORRESPONDIENTE.
2. En cada distrito electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral Comprenda que al domicilio del ciudadano, salvo en los casos de excepción expresamente Señalados por este Código.

lunes, 14 de septiembre de 2009

UNIDAD DOS PARTIDOS POLITICOS

DAR LECTURA Y ESTUDIAR AL SIGUIENTE TEXTO E INVESTIGAR LOS ANTECEDENTES DE LOS PARTIDOS POLITICOS EN MEXICO.

Los partidos políticos son organizaciones que se caracterizan por su singularidad, de base personal y relevancia constitucional, creadas con el fin de contribuir de una forma democrática a la determinación de la política nacional y a la formación y orientación de la voluntad de los ciudadanos, así como a promover su participación en las instituciones representativas mediante la formulación de programas, la presentación y apoyo de candidatos en las correspondientes elecciones, y la realización de cualquier otra actividad necesaria para el cumplimiento de sus fines. Su principal tendencia es durar y consolidarse, y su finalidad última y legítima es obtener el poder mediante el apoyo popular manifestado en las urnas. En un Estado de derecho, los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y expresión de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad serán libres, y su estructura interna y funcionamiento han de ser democráticos. Su existencia deriva del ejercicio de la libertad de asociación. No tienen naturaleza de poder público ni son órganos del Estado, por lo que el poder que ejercen se legitima sólo en virtud de la libre aceptación de sus estatutos y por tanto sólo puede ejercerse sobre quienes, en virtud de una opción personal libre, los asumen al integrarse en tales organizaciones.
Los militantes de los partidos tienen derecho a ser electores y elegibles para todos sus cargos, a estar informados sobre sus actividades y situación económica, y a concurrir para formar sus órganos directores mediante sufragio libre y en la mayoría de los casos secreto, aunque no resulta preciso que sea directo. Los partidos tienen derecho a obtener ayuda financiera del Estado, a utilizar los medios de comunicación públicos y a constituir coaliciones o agrupaciones electorales.

miércoles, 9 de septiembre de 2009

TAREA UNO

INVESTIGAR EN QUE CONSISTEN LAS ELECCIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS